La autoridad puede llevar a cabo la ocupación temporal de permisos para proteger los intereses de la Nación, garantizando los derechos de terceros. Esto puede afectar las operaciones de las empresas permisionarias.
En relación con los permisos a que se refiere esta Ley, la autoridad que lo haya expedido puede llevar a cabo la ocupación temporal o la intervención, a fin de garantizar los intereses de la Nación, en el entendido de que quedan salvaguardados los derechos de terceros. Para la continuidad en la operación de las actividades que ampare el permiso, la autoridad puede contratar a Empresas Públicas del Estado para el manejo y control de las instalaciones ocupadas, intervenidas o suspendidas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben estar preparadas para posibles intervenciones de la autoridad y tener un plan de contingencia para minimizar el impacto en sus operaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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