LSH

Artículo 162. Medición del contenido nacional

La Secretaría de Economía establecerá la metodología para medir el contenido nacional en la industria de hidrocarburos. Esto busca promover el uso de insumos y servicios locales.

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Texto Legal

La Secretaría de Economía debe establecer la metodología para medir el contenido nacional en la industria de Hidrocarburos, así como su verificación, para lo cual puede contar con el apoyo de un tercero independiente o de las autoridades competentes. Las personas Asignatarias, Contratistas y Permisionarias a que se refiere esta Ley, deben proporcionar información a la Secretaría de Economía sobre el contenido nacional en las actividades que realicen, conforme a lo que establezcan las disposiciones que para tal efecto emita.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben prepararse para cumplir con los requisitos de contenido nacional, ya que esto puede influir en su competitividad y en la obtención de contratos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 162 del LSH?

La Secretaría de Economía establecerá la metodología para medir el contenido nacional en la industria de hidrocarburos. Esto busca promover el uso de insumos y servicios locales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 162 de la LEY del Sector Hidrocarburos?

Las empresas deben prepararse para cumplir con los requisitos de contenido nacional, ya que esto puede influir en su competitividad y en la obtención de contratos.

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