El Director General del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas será designado por la Presidencia del Ejecutivo Federal, debiendo cumplir con ciertos requisitos, incluyendo pertenecer a un pueblo indígena o afromexicano. Este artículo establece las bases para la selección de un líder que entienda las necesidades de estas comunidades.
La persona titular de la Dirección General del Instituto será designada y removida por la persona titular de la Presidencia del Ejecutivo Federal, de quien dependerá directamente, debiendo reunir los requisitos previstos en el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Además de los requisitos señalados, la persona titular de la Dirección General deberá pertenecer a un pueblo indígena o afromexicanos y preferentemente hablar una lengua indígena. Asimismo, deberá tener la experiencia y los conocimientos relacionados con el objeto del Instituto, que le permitan desarrollar sus actividades con solvencia profesional y técnica. Artículo reformado DOF 28-04-2022
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La designación de un director que provenga de un pueblo indígena es crucial para la legitimidad del Instituto. Es recomendable que los candidatos tengan una sólida experiencia en gestión pública y conocimiento de la cultura indígena.
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