Dependencias federales, organos de justicia y Congreso deben incorporar enfoque de genero en sus politicas, programas y acciones. El Instituto puede emitir opiniones y propuestas sobre el Programa Nacional.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los órganos de impartición de justicia federal, así como las Cámaras del Congreso de la Unión, en el ejercicio de sus atribuciones y funciones incorporarán el enfoque de género en sus políticas, programas y acciones institucionales.
LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Como resultado de la evaluación del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, el Instituto podrá emitir opiniones y propuestas dirigidas a los legisladores, autoridades y servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior, relacionadas con la ejecución del citado Programa. Párrafo reformado DOF 04-06-2015
Capítulo VIII Del Patrimonio, Presupuesto y Control de los Recursos del Instituto Nacional de las Mujeres
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este es un articulo clave pues establece una obligacion transversal de mainstreaming de genero en toda la administracion publica. Los asesores debe monitorear el cumplimiento de esta obligacion en sus areas de competencia. Las opiniones del Instituto tienen peso consultivo significativo.
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