88_200521

Artículo 23. Duracion del encargo en Consejo Consultivo

Las integrantes del Consejo Consultivo duran tres anos pudiendo permanecer un periodo adicional. Las nuevas integrantes deben representar organizaciones distintas a las del periodo anterior.

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Texto Legal

Las integrantes del Consejo Consultivo durarán en su encargo tres años, pudiendo permanecer un periodo más. Las nuevas integrantes deberán representar a organizaciones distintas de las representadas en el periodo inmediato anterior. Al término de su encargo, el Consejo Consultivo presentará un informe anual a la Junta de Gobierno.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece un mecanismo de continuidad y rotacion importante para la gobernanza. Los asesores deben mantener control sobre los periodos de designacion y las nuevas representaciones para evitar conflictos de interes o repeticion de sectores representados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 del 88_200521?

Las integrantes del Consejo Consultivo duran tres anos pudiendo permanecer un periodo adicional. Las nuevas integrantes deben representar organizaciones distintas a las del periodo anterior.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 de la LEY del Instituto Nacional de las Mujeres?

Este articulo establece un mecanismo de continuidad y rotacion importante para la gobernanza. Los asesores deben mantener control sobre los periodos de designacion y las nuevas representaciones para evitar conflictos de interes o repeticion de sectores representados.

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