El Instituto se considera de acreditada solvencia y no esta obligado a constituir depositos o garantias de cualquier tipo para cumplimiento de obligaciones de pago.
El Instituto se considerará de acreditada solvencia y no estará obligado a constituir depósitos o garantías de cualquier tipo para el cumplimiento de sus obligaciones de pago.
CAPÍTULO IV De la Administración del Instituto
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion que fortalece la posicion del Instituto en operaciones comerciales. Esta clasificacion de solvencia le permite acceder a creditos y realizar operaciones sin otorgar garantias adicionales a contraparte.
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