LPEAM

Artículo 2. Garantia de soberania aerea federal

El Ejecutivo Federal garantiza la soberania sobre el Espacio Aéreo Mexicano mediante vigilancia y proteccion coordinada de dependencias federales en sus respectivas competencias.

soberania aereaadministracion publica federalvigilancia aereacompetencias

Texto Legal

El Ejecutivo Federal garantiza la soberanía de la Nación sobre el Espacio Aéreo Mexicano por medio de la vigilancia y protección coordinada que sobre éste realizan las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece que la responsabilidad es compartida entre multiples dependencias federales. Para efectos de consultoría, es importante identificar cual dependencia tiene competencia en cada situacion para dirigir acciones legales o administrativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del LPEAM?

El Ejecutivo Federal garantiza la soberania sobre el Espacio Aéreo Mexicano mediante vigilancia y proteccion coordinada de dependencias federales en sus respectivas competencias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano?

Establece que la responsabilidad es compartida entre multiples dependencias federales. Para efectos de consultoría, es importante identificar cual dependencia tiene competencia en cada situacion para dirigir acciones legales o administrativas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2 del LPEAM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2 LPEAM desde tu celular