Las administradoras deben obtener autorización de la Comisión para invertir en empresas que ofrezcan servicios complementarios. Además, son responsables de la supervisión y sanciones de dichas empresas.
Las administradoras requerirán autorización de la Comisión, para invertir en las empresas que les presten servicios complementarios o auxiliares en la realización de su objeto.
Las empresas que presten servicios complementarios o auxiliares en las que las administradoras tengan participación accionaria, estarán sujetas a la regulación y supervisión de la Comisión, sin perjuicio de que la administradora sea la responsable de la debida prestación de los servicios.
Asimismo, la administradora será solidariamente responsable de las sanciones que correspondan a dichas empresas con motivo de su supervisión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que las administradoras mantengan una comunicación constante con la Comisión para evitar sanciones. La responsabilidad solidaria implica que cualquier falta puede repercutir directamente en la administradora.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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