Establece que cargos en Junta de Gobierno y Comite Consultivo son honorarios sin salario ni remuneracion alguna. Regula independencia de servidores publicos.
Los cargos de los miembros de la Junta de Gobierno y del Comité Consultivo y de Vigilancia serán honorarios y no devengarán salario o remuneración alguna por su desempeño.
CAPITULO III De los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Sección I De las Administradoras de Fondos para el Retiro
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El caracter honorario reduce conflictos de interes economicos pero puede limitar dedicacion de miembros. Algunos representantes de dependencias dedican personal profesional de base.
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Art. 16. Facultades Comite Consultivo Vigilancia
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