Ley de orden publico e interes social que garantiza el ejercicio de derechos de personas adultas mayores, establece bases para su cumplimiento y crea el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. Tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, así como establecer las bases y disposiciones para su cumplimiento, mediante la regulación de:
I. La política pública nacional para la observancia de los derechos de las personas adultas mayores;
II. Los principios, objetivos, programas, responsabilidades e instrumentos que la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios deberán observar en la planeación y aplicación de la política pública nacional, y
III. El Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental como marco legal. Establece que la ley es de observancia general en toda la Republica, lo que implica que todas las dependencias publicas federales, estatales y municipales deben cumplirla. Relevante para asuntos de justiciabilidad de derechos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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