LANSI

Artículo 18. Acreditacion por auditores externos

Los Regulados pueden acreditar el cumplimiento de sus obligaciones mediante dictámenes de auditores externos certificados. Esto permite una verificación adicional de las licencias y permisos requeridos por la ley.

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Texto Legal

Los Regulados podrán acreditar mediante el dictamen de auditores externos certificados por la Agencia el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las licencias, permisos, registros y autorizaciones, así como de las establecidas en el Sistema de Administración a que se refiere esta Ley. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de supervisión e inspección que directamente puede llevar a cabo la Agencia a los Regulados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La contratación de auditores externos puede ser una herramienta eficaz para demostrar cumplimiento. Se sugiere elegir auditores con experiencia en el sector hidrocarburos para obtener resultados más precisos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LANSI?

Los Regulados pueden acreditar el cumplimiento de sus obligaciones mediante dictámenes de auditores externos certificados. Esto permite una verificación adicional de las licencias y permisos requeridos por la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY de la Agencia Nacional de Seguridad Industr...?

La contratación de auditores externos puede ser una herramienta eficaz para demostrar cumplimiento. Se sugiere elegir auditores con experiencia en el sector hidrocarburos para obtener resultados más precisos.

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