La inversión extranjera puede participar en el capital social de sociedades mexicanas y en diversas actividades económicas, salvo excepciones. Este artículo detalla las condiciones y límites de dicha participación.
La inversión extranjera podrá participar en cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas, adquirir activos fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas líneas de productos, abrir y operar establecimientos, y ampliar o relocalizar los ya existentes, salvo por lo dispuesto en esta Ley.
Las reglas sobre la participación de la inversión extranjera en las actividades del sector financiero contempladas en esta Ley, se aplicarán sin perjuicio de lo que establezcan las leyes específicas para esas actividades.
Para efectos de determinar el porcentaje de inversión extranjera en las actividades económicas sujetas a límites máximos de participación, no se computará la inversión extranjera que, de manera indirecta, sea realizada en dichas actividades a través de sociedades mexicanas con mayoría de capital mexicano, siempre que estas últimas no se encuentren controladas por la inversión extranjera. Párrafo adicionado DOF 24-12-1996
Capítulo II De las Actividades Reservadas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es clave para entender cómo se puede estructurar la inversión extranjera en México. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre las limitaciones y oportunidades que presenta.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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