LIE

Artículo 37. Sanciones por Contravenciones y Nulidad

La Secretaria puede revocar autorizaciones por contravenciones a la Ley. Los actos, convenios o pactos declarados nulos por la Secretaria por ser contrarios a la Ley no surtiran efectos legales ni podran hacerse valer ante terceros.

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Texto Legal

Cuando se trate de actos efectuados en contravención a las disposiciones de esta Ley, la Secretaría podrá revocar las autorizaciones otorgadas.

Los actos, convenios o pactos sociales y estatutarios declarados nulos por la Secretaría, por ser contrarios a lo establecido en esta Ley, no surtirán efectos legales entre las partes ni se podrán hacer valer ante terceros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La nulidad declarada por la Secretaria tiene efecto erga omnes. Estructure operaciones conformes a la Ley desde el inicio. La revocacion de autorizaciones tiene impacto cascada en operaciones y accionistas. Mantenga cumplimiento integral y documente asesorias legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LIE?

La Secretaria puede revocar autorizaciones por contravenciones a la Ley. Los actos, convenios o pactos declarados nulos por la Secretaria por ser contrarios a la Ley no surtiran efectos legales ni podran hacerse valer ante terceros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Inversión Extranjera?

La nulidad declarada por la Secretaria tiene efecto erga omnes. Estructure operaciones conformes a la Ley desde el inicio. La revocacion de autorizaciones tiene impacto cascada en operaciones y accionistas. Mantenga cumplimiento integral y documente asesorias legales.

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