El arrestado debe reportar hora de inicio y termino a su mando y a quien le impuso el correctivo. Almirantes, capitanes y oficiales lo hacen por escrito; clases y marineria verbalmente.
El personal que reciba orden de arresto dará parte a su mando y al superior que le impuso el correctivo, la hora en que inicia y la hora en que termina de cumplirlo. En los casos de almirantes, capitanes y oficiales, se hará por escrito; en los casos del personal de clases y marinería, se hará verbalmente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mecanismo de control para asegurar cumplimiento real. La diferencia entre escrito y verbal segun jerarquia refleja criterios de formalidad. El asesor debe verificar que exista constancia de cumplimiento.
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