Personal puede expresar ideas sin afectar disciplina, presentar quejas ante superiores, asistir uniformado a templos y participar en eventos culturales y deportivos con autorizacion.
El personal naval podrá:
I. Expresar sus ideas siempre que no se trate de asuntos que afecten la disciplina, los derechos de terceros o que tengan relación con las actividades clasificadas de la Armada;
II. Presentar quejas respecto de sus superiores ante quien pueda remediarlas;
III. Asistir uniformado a los templos o lugares donde se practiquen ceremonias religiosas con la autorización del mando de quien dependan, y
IV. Participar uniformado, previa autorización del mando de quien dependan, en eventos culturales y deportivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Garantias fundamentales de derechos dentro de la institucion. Critico para defensa de personal en casos de represalias; abogados deben demostrar que acciones ejercen derechos bajo este articulo para impedir sanciones disciplinarias.
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