Personal esta obligado a cumplir ordenes escritas o verbales en tiempo indicado por superior. En fuerza mayor, debe informar decision tomada lo antes posible.
El personal de la Armada está obligado a cumplir las órdenes que por escrito o verbalmente reciba. En caso de recibir otras que se opongan a las recibidas con anterioridad, deberá exponerlo respetuosamente a quien le dé la nueva orden.
Las órdenes deben cumplirse en el tiempo indicado por el superior, salvo en los casos en que ocurran circunstancias de fuerza mayor que modifiquen el tiempo previsto para su ejecución. En esta situación, se dará parte de la decisión tomada, tan pronto como sea posible, al superior que dio la orden.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo problematiza ordenes verbales sin documentacion. Aunque son vinculantes, abogados deben exigir testigos o registros (comunicaciones, audios, reportes posteriores) para probar orden fue dada. Fuerza mayor es defensa viable si se prueba y reporto.
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