LDFEFM

Artículo 8. Aumento de Gasto

Cualquier propuesta de aumento de gasto en el Presupuesto de Egresos debe estar acompañada de una fuente de ingresos distinta al financiamiento, garantizando la sostenibilidad fiscal.

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Texto Legal

Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la correspondiente fuente de ingresos distinta al Financiamiento, o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto. Párrafo reformado DOF 30-01-2018

No procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos, determinado por ley posterior o con cargo a Ingresos excedentes. La Entidad Federativa deberá revelar en la cuenta pública y en los informes que periódicamente entreguen a la Legislatura local, la fuente de ingresos con la que se haya pagado el nuevo gasto, distinguiendo el Gasto etiquetado y no etiquetado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo refuerza la necesidad de una planificación fiscal responsable. Los contadores deben evaluar cuidadosamente las fuentes de ingreso antes de proponer aumentos de gasto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del LDFEFM?

Cualquier propuesta de aumento de gasto en el Presupuesto de Egresos debe estar acompañada de una fuente de ingresos distinta al financiamiento, garantizando la sostenibilidad fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Disciplina Financiera de las Entidades F...?

Este artículo refuerza la necesidad de una planificación fiscal responsable. Los contadores deben evaluar cuidadosamente las fuentes de ingreso antes de proponer aumentos de gasto.

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