LDFEFM

Artículo 20. Adeudos del ejercicio fiscal anterior

Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior no deben exceder el 2.5% de los ingresos totales del municipio. Esto establece un límite claro para el manejo de deudas pasadas.

adeudosrecursosingresos municipales

Texto Legal

Los recursos para cubrir los adeudos del ejercicio fiscal anterior, previstos en el proyecto de Presupuesto de Egresos, podrán ser hasta por el 2.5 por ciento de los Ingresos totales del respectivo Municipio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los contadores deben llevar un registro detallado de los adeudos para asegurarse de que no se excedan los límites establecidos. Esto es crucial para evitar problemas de liquidez.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LDFEFM?

Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior no deben exceder el 2.5% de los ingresos totales del municipio. Esto establece un límite claro para el manejo de deudas pasadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY de Disciplina Financiera de las Entidades F...?

Los contadores deben llevar un registro detallado de los adeudos para asegurarse de que no se excedan los límites establecidos. Esto es crucial para evitar problemas de liquidez.

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