LCJPJF

Artículo 27. Organizacion de Concursos Oposicion

La Escuela Nacional de Formacion Judicial organiza concursos y elabora listas de vencedores por circuito en orden decreciente segun calificacion obtenida.

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Texto Legal

Organización y celebración de los concursos de oposición La celebración y organización de los concursos de oposición para acceder a las categorías de la Carrera Judicial a que se refieren las fracciones III a XI del artículo 11 de esta Ley, con excepción de las personas servidoras públicas de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral, estará a cargo de la Escuela LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 02-01-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Nacional de Formación Judicial en términos de las bases que determine el Órgano, de conformidad con lo que dispone esta Ley y los acuerdos generales correspondientes.

Las y los concursantes que resulten vencedores en los concursos de oposición serán integrados a las listas que para cada circuito elabore la Escuela Judicial, para poder ser designados en la categoría respectiva, en los términos previstos por esta Ley y los acuerdos generales que para tal efecto expida el Órgano. Dicha lista deberá integrarse en orden decreciente a partir de la calificación más alta obtenida en el concurso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las listas se integran por circuito y en orden de calificaciones. El proceso es responsabilidad de la Escuela Judicial, lo que centraliza criterios de imparcialidad y profesionalismo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LCJPJF?

La Escuela Nacional de Formacion Judicial organiza concursos y elabora listas de vencedores por circuito en orden decreciente segun calificacion obtenida.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial?

Las listas se integran por circuito y en orden de calificaciones. El proceso es responsabilidad de la Escuela Judicial, lo que centraliza criterios de imparcialidad y profesionalismo.

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