LCJPJF

Artículo 18. Requisitos para Actuarios del Poder Judicial

Actuarios requieren: ciudadania mexicana, pleno ejercicio de derechos, buena reputacion, titulo en derecho, sin condenas ni sanciones administrativas graves o inhabilitantes.

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Texto Legal

Requisitos para ser Actuaria o Actuario Las Actuarias y los Actuarios deberán ser ciudadanas y ciudadanos mexicanos, estar en pleno ejercicio de sus derechos, gozar de buena reputación, contar con título de licenciado o licenciada en derecho expedido legalmente, no haber sido condenada o condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año y no haber sido sancionada o sancionado por faltas administrativas graves y no graves que hayan resultado en inhabilitación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Categoria con requisitos similares a otros puestos pero sin mencion expresa de anos de experiencia. Verificar si esto es omision legislativa o si la experiencia es opcional para actuarios. Revisar acuerdos generales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LCJPJF?

Actuarios requieren: ciudadania mexicana, pleno ejercicio de derechos, buena reputacion, titulo en derecho, sin condenas ni sanciones administrativas graves o inhabilitantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial?

Categoria con requisitos similares a otros puestos pero sin mencion expresa de anos de experiencia. Verificar si esto es omision legislativa o si la experiencia es opcional para actuarios. Revisar acuerdos generales.

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