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Artículo 61. Destrucción o devolución de propuestas

Las propuestas desechadas en el concurso pueden ser destruidas o devueltas a solicitud de los concursantes después de 60 días. Esto aplica salvo que exista un procedimiento en trámite, en cuyo caso se actuará tras su conclusión.

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Texto Legal

Las propuestas desechadas durante el concurso podrán destruirse o ser devueltas a los concursantes que lo soliciten una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo, salvo que exista algún procedimiento en trámite, en cuyo caso procederá su destrucción o devolución después de la total conclusión de dicho procedimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los concursantes estén al tanto de los plazos para solicitar la devolución de sus propuestas, ya que esto puede impactar en su estrategia de participación en futuros concursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del LAPP?

Las propuestas desechadas en el concurso pueden ser destruidas o devueltas a solicitud de los concursantes después de 60 días. Esto aplica salvo que exista un procedimiento en trámite, en cuyo caso se actuará tras su conclusión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Es importante que los concursantes estén al tanto de los plazos para solicitar la devolución de sus propuestas, ya que esto puede impactar en su estrategia de participación en futuros concursos.

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