LAPP

Artículo 49. Registro y revisiones preliminares

Autoriza a convocante realizar registro de participantes y revisiones preliminares de documentacion no economica antes del acto de presentacion y apertura de propuestas.

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Texto Legal

Para facilitar el concurso, previo al acto de presentación y apertura de las propuestas, la convocante podrá efectuar el registro de participantes, así como realizar revisiones preliminares a la documentación distinta a la referida al importe de la oferta económica.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Medida procesal que agiliza evaluacion. Permite identificar deficiencias administrativas previo a apertura publica, evitando rechazos tardios. Los participantes deben preparar documentacion completa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del LAPP?

Autoriza a convocante realizar registro de participantes y revisiones preliminares de documentacion no economica antes del acto de presentacion y apertura de propuestas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Medida procesal que agiliza evaluacion. Permite identificar deficiencias administrativas previo a apertura publica, evitando rechazos tardios. Los participantes deben preparar documentacion completa.

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