Establece el principio de nacion mas favorecida en materia arancelaria y las excepciones previstas en los acuerdos de la OMC.
El arancel aplicable a las importaciones provenientes de miembros de la OMC sera el de nacion mas favorecida (NMF), salvo que proceda un trato preferencial.
I. El principio de nacion mas favorecida establece que cualquier ventaja, favor, privilegio o inmunidad concedido por Mexico a los productos originarios de un pais miembro de la OMC sera concedido inmediata e incondicionalmente a los productos similares originarios de todos los demas miembros.
I. Las excepciones al principio NMF incluyen:
a) Tratados de libre comercio: Las preferencias arancelarias negociadas en TLC solo aplican a los paises parte del acuerdo;
b) Sistema Generalizado de Preferencias: Preferencias unilaterales a favor de paises en desarrollo;
c) Zonas de libre comercio y uniones aduaneras: Integracion regional permitida por el articulo XXIV del GATT.
I. Los paises con los que Mexico no tiene relaciones comerciales formales podran estar sujetos a aranceles diferentes conforme a la legislacion aplicable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El principio de nacion mas favorecida garantiza un piso arancelario uniforme para todos los miembros de la OMC, pero los tratados de libre comercio ofrecen condiciones mas favorables. En SDV evaluamos para cada operacion si conviene utilizar el arancel NMF, el arancel preferencial de un tratado o el arancel PROSEC, segun la disponibilidad de certificados de origen.
Art. 13. Aplicacion de aranceles en tratados internacionales
Establece que los aranceles podran ser diferentes segun el pais de origen conforme a los tratados internacionales de los que Mexico sea parte.
Art. 22. Aranceles de importacion y exportacion
Establece que los aranceles se aplicaran conforme a la Tarifa de la LIGIE y podran ser modificados por el Ejecutivo Federal mediante decreto.
Art. 25. Programas de diferimiento arancelario
Establece que el Ejecutivo Federal podra autorizar programas de diferimiento de aranceles para fomentar la actividad productiva y exportadora.
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Art. 23. Valor en aduana para aplicacion de aranceles
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Art. 25. Programas de diferimiento arancelario
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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