LAd

Artículo 78. Retorno de mercancias exportadas temporalmente

Regula el retorno al pais de mercancias que hubieran sido exportadas temporalmente, estableciendo que no se pagaran impuestos al comercio exterior si retornan en el mismo estado, o que se pagara sobre el valor agregado si fueron transformadas.

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Texto Legal

Articulo 78 - Retorno de exportaciones temporales

Las mercancias que retornen al territorio nacional despues de haber sido exportadas temporalmente se sujetaran a las siguientes reglas:

Retorno en el mismo estado

No se pagaran impuestos al comercio exterior cuando las mercancias retornen en el mismo estado en que fueron exportadas.

Retorno despues de reparacion o transformacion

Cuando las mercancias retornen despues de haber sido reparadas o transformadas en el extranjero, se pagara el IGI unicamente sobre el valor de las reparaciones o transformaciones.

Plazo de retorno

Las mercancias deberan retornar dentro del plazo autorizado en el pedimento de exportacion temporal. El incumplimiento del plazo generara la obligacion de pagar contribuciones como si se tratara de una importacion regular.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El retorno de mercancias exportadas temporalmente no causa impuestos si regresan en el mismo estado. Si fueron transformadas o reparadas, solo se pagan impuestos sobre el valor agregado en el extranjero. Este regimen es muy utilizado para reparaciones de maquinaria y equipo. Las empresas deben documentar claramente el estado de la mercancia antes y despues de la exportacion temporal para sustentar el tratamiento fiscal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 78 del LAd?

Regula el retorno al pais de mercancias que hubieran sido exportadas temporalmente, estableciendo que no se pagaran impuestos al comercio exterior si retornan en el mismo estado, o que se pagara sobre el valor agregado si fueron transformadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 78 de la Ley Aduanera?

El retorno de mercancias exportadas temporalmente no causa impuestos si regresan en el mismo estado. Si fueron transformadas o reparadas, solo se pagan impuestos sobre el valor agregado en el extranjero. Este regimen es muy utilizado para reparaciones de maquinaria y equipo. Las empresas deben documentar claramente el estado de la mercancia antes y despues de la exportacion temporal para sustentar el tratamiento fiscal.

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