Regula el deposito de mercancias ante la aduana como la estancia temporal de las mercancias en los recintos fiscales o fiscalizados mientras se tramita su despacho aduanero, estableciendo plazos y condiciones para su permanencia.
Las mercancias se consideran en deposito ante la aduana desde su ingreso al recinto fiscal o fiscalizado hasta que sean despachadas.
- Las mercancias podran permanecer en deposito hasta por dos meses contados a partir de su ingreso al recinto.
- Transcurrido el plazo sin que hayan sido despachadas, las mercancias causaran abandono a favor del fisco federal.
Durante el deposito, las mercancias deberan conservarse en las condiciones adecuadas para evitar su deterioro o perdida.
El almacen general de deposito o el recinto fiscalizado sera responsable de las mercancias durante el tiempo que permanezcan en deposito.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El deposito ante la aduana es la estancia temporal mientras se tramita el despacho. Los plazos son cortos: generalmente 3 dias para trafico aereo y terrestre, 5 para maritimo. Si no se despacha dentro del plazo, la mercancia cae en abandono. Los importadores deben tener toda la documentacion lista antes de la llegada de la mercancia para despachar dentro de los plazos y evitar costos extras y abandonos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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