Establece las disposiciones finales de la Ley Aduanera, incluyendo la fecha de entrada en vigor, las leyes y disposiciones que se abrogan, y las reglas de transicion aplicables a las operaciones en curso.
La presente Ley entrara en vigor en la fecha que se establezca en el decreto correspondiente.
Se abrogan las disposiciones legales que se opongan a lo establecido en esta Ley.
Las operaciones de comercio exterior iniciadas antes de la entrada en vigor de las reformas se regiran por las disposiciones vigentes al momento de su inicio, salvo que las nuevas disposiciones sean mas favorables.
- Los pedimentos tramitados antes de la entrada en vigor de las reformas se regiran por las disposiciones anteriores.
- Las autorizaciones y permisos vigentes mantendran su validez hasta su vencimiento.
- Los procedimientos administrativos en curso continuaran rigiendose por las disposiciones anteriores.
El Ejecutivo Federal emitira el Reglamento de esta Ley dentro de los seis meses siguientes a su publicacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las disposiciones finales y transitorias regulan la transicion entre regimenes legales y son relevantes para operaciones iniciadas bajo la ley anterior. Las empresas con operaciones de largo plazo deben verificar que regimen transitorio les aplica. La correcta interpretacion de los articulos transitorios puede generar beneficios o evitar cargas adicionales durante el periodo de transicion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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