Regula el despacho de mercancias que se introduzcan al territorio nacional o se extraigan del mismo a traves de empresas de mensajeria y paqueteria, estableciendo procedimientos simplificados para envios de bajo valor.
Las empresas de mensajeria y paqueteria que realicen operaciones de comercio exterior podran tramitar el despacho de las mercancias mediante procedimientos simplificados.
- Las mercancias no podran exceder el valor que establezca el SAT mediante reglas.
- No se podran introducir mercancias prohibidas o sujetas a regulaciones especiales.
- La empresa de mensajeria sera responsable del cumplimiento de las obligaciones aduaneras.
Las empresas autorizadas podran utilizar un pedimento simplificado que agrupe multiples envios, facilitando el despacho de paquetes de bajo valor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas de mensajeria y paqueteria (courier) operan bajo procedimientos simplificados con limites de valor (actualmente $2,500 USD para importacion). Las empresas que realizan compras internacionales frecuentes de bajo valor pueden utilizar este canal. Sin embargo, para operaciones comerciales regulares, el despacho formal mediante agente aduanal es mas conveniente y genera los comprobantes fiscales necesarios para la deducibilidad.
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