EGCP

Artículo 26. Principio de Responsabilidad

Los servidores publicos tienen la obligacion de velar por el cumplimiento de los fines de la contratacion y responder por sus actos. Este principio busca proteger los derechos de todas las partes involucradas en el contrato.

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Texto Legal

DEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD.
En virtud de este principio:


1o. Los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.


2o. Los servidores públicos responderán por sus actuaciones y omisiones antijurídicas y deberán indemnizar los daños que se causen por razón de ellas.


3o.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de este principio puede llevar a responsabilidades legales y financieras para los servidores publicos, afectando su carrera y la operacion de la entidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del EGCP?

Los servidores publicos tienen la obligacion de velar por el cumplimiento de los fines de la contratacion y responder por sus actos. Este principio busca proteger los derechos de todas las partes involucradas en el contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la Estatuto Contratación Pública?

El incumplimiento de este principio puede llevar a responsabilidades legales y financieras para los servidores publicos, afectando su carrera y la operacion de la entidad.

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