EGCP

Artículo 14. Medios para cumplimiento contractual

Este articulo detalla los medios que pueden utilizar las entidades estatales para cumplir con los contratos. Es esencial para garantizar la continuidad de los servicios públicos.

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Texto Legal

DE LOS MEDIOS QUE PUEDEN UTILIZAR LAS ENTIDADES ESTATALES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL.
Para el cumplimiento de los fines de la contratación, las entidades estatales al celebrar un contrato:


1o. Tendrán la dirección general y la responsabilidad de ejercer el control y vigilancia de la ejecución del contrato. En consecuencia, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar la inmediata, continua y adecuada prestación, podrán, en los casos previstos en el numeral 2o. de este artículo, interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado.


En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades excepcionales deberá procederse al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas y se aplicarán los mecanismos de ajuste de las condiciones y términos contractuales a que haya lugar, todo ello con el fin de mantener la ecuación o equilibrio
inicial
.


Jurisprudencia Vigencia


Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilaterales, procederá el recurso de reposición, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el contratista, según lo previsto en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de cumplimiento puede llevar a la interrupción de servicios y a reclamaciones por parte de los contratistas, afectando la operatividad de la entidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del EGCP?

Este articulo detalla los medios que pueden utilizar las entidades estatales para cumplir con los contratos. Es esencial para garantizar la continuidad de los servicios públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la Estatuto Contratación Pública?

La falta de cumplimiento puede llevar a la interrupción de servicios y a reclamaciones por parte de los contratistas, afectando la operatividad de la entidad.

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