Los consumidores financieros tienen derecho a solicitar el traslado de productos financieros entre entidades, sin sanciones adicionales. Esto promueve la competencia en el sector.
DERECHO A LA PORTABILIDAD FINANCIERA.
El consumidor financiero tendrá derecho a solicitar el traslado de los productos financieros que tenga en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia a otra junto con la información general y transaccional asociada a los mismos. Para tal efecto, el consumidor financiero deberá manifestar a la nueva entidad la intención de portar uno o más productos financieros, y esta deberá dar inicio al estudio de portabilidad a fin de pronunciarse positiva o negativamente sobre dicha solicitud. En caso de ser favorable el ejercicio del derecho a la portabilidad financiera no debe generar ningún tipo de sanción o cobro adicional al consumidor. Corresponde a las entidades vigiladas por esa Superintendencia garantizar el ejercicio del mencionado derecho. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público reglamentará la materia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este derecho permite a los consumidores elegir mejores opciones financieras, lo que puede resultar en mejores condiciones y menores costos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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