PND2026

Artículo 9. Programas de reconversión productiva

Se desarrollarán programas para la reconversión productiva en territorios con cultivos ilícitos, buscando promover alternativas económicas sostenibles y respetuosas del medio ambiente. Estos programas tendrán un enfoque participativo y diferencial.

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Texto Legal

La Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, o quien haga sus veces, desarrollará programas de reconversión productiva e industrialización colectiva en los territorios con presencia de cultivos de coca, amapola y/o marihuana. Estos programas se formularán y ejecutarán en el marco de la política de paz total y de manera articulada con los lineamientos de la nueva política de drogas, tendrán enfoque diferencial, de género, territorial, participativo, descentralizado, y gradual, y se desarrollarán en el marco de la economía popular, el respeto ambiental y la sustitución voluntaria de estos cultivos.


Notas de Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas que operan en estas regiones pueden encontrar oportunidades para colaborar en proyectos de reconversión, lo que puede mejorar su imagen y relaciones con la comunidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del PND2026?

Se desarrollarán programas para la reconversión productiva en territorios con cultivos ilícitos, buscando promover alternativas económicas sostenibles y respetuosas del medio ambiente. Estos programas tendrán un enfoque participativo y diferencial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la PND 2022-2026?

Las empresas que operan en estas regiones pueden encontrar oportunidades para colaborar en proyectos de reconversión, lo que puede mejorar su imagen y relaciones con la comunidad.

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