Este artículo establece que los gastos del Plan Nacional de Desarrollo no pueden exceder los recursos disponibles, asegurando la sostenibilidad fiscal del gobierno. Esto implica un control riguroso sobre el gasto público y la necesidad de alineación con el marco fiscal.
RECURSOS FINANCIEROS, PRESUPUESTOS PLURIANUALES Y CONSISTENCIA FISCAL DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS.
El valor total de los gastos que se realicen para la ejecución del presente Plan Nacional de Desarrollo, financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación, no podrán superar en ningún caso el monto de los recursos disponibles de conformidad con el Plan Macroeconómico y el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) del Gobierno Nacional de conformidad con lo previsto en los artículos
4o
y
5o
de la Ley 1473 de 2011.
TÍTULO III.
MECANISMOS DE EJECUCIÓN DEL PLAN.
CAPÍTULO I.
PROYECTOS, POLÍTICAS Y PROGRAMAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PAZ.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El cumplimiento de este artículo es crucial para evitar problemas de liquidez en el gobierno, lo que podría impactar la ejecución de proyectos y pagos a proveedores, afectando la planificación financiera de las empresas.
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