PND2026

Artículo 371. Movilidad educativa y formativa

Este articulo impulsa la movilidad educativa y formativa para fortalecer la educación para el trabajo y desarrollo humano. Permite a los egresados de programas específicos continuar su formación en instituciones superiores.

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Texto Legal

IMPULSO DE LA MOVILIDAD EDUCATIVA Y FORMATIVA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO (ETDH).
El Ministerio de Educación Nacional avanzará en el fortalecimiento de una estrategia de movilidad educativa y formativa, que permita a las personas que hayan cursado y aprobado programas de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (ETDH) continuar su proceso formativo en las Instituciones de Educación Superior, respetando el principio constitucional de autonomía universitaria.


Jurisprudencia Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este impulso a la movilidad educativa puede abrir nuevas oportunidades para los egresados, facilitando su acceso a mejores empleos y formación continua, lo que es beneficioso para el desarrollo profesional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 371 del PND2026?

Este articulo impulsa la movilidad educativa y formativa para fortalecer la educación para el trabajo y desarrollo humano. Permite a los egresados de programas específicos continuar su formación en instituciones superiores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 371 de la PND 2022-2026?

Este impulso a la movilidad educativa puede abrir nuevas oportunidades para los egresados, facilitando su acceso a mejores empleos y formación continua, lo que es beneficioso para el desarrollo profesional.

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