PND2026

Artículo 359. Fortalecimiento de territorialidades campesinas

Se establece un plan para el reconocimiento y fortalecimiento de territorialidades campesinas en un plazo de 12 meses. Esto es fundamental para la seguridad jurídica de estas comunidades.

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Texto Legal

RECONOCIMIENTO, APOYO Y FORTALECIMIENTO DE LAS TERRITORIALIDADES CAMPESINAS.
El Gobierno Nacional, dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, formulará e implementará un plan para la identificación, caracterización, reconocimiento y formalización de otras territorialidades campesinas, entre ellas los Territorios Campesinos Agroalimentarios y los Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios.


Asimismo, concertará con las organizaciones representativas de estas territorialidades, los ajustes normativos necesarios con el propósito de simplificar y agilizar los procedimientos de constitución, reconocimiento y fortalecimiento de estas territorialidades conforme a los principios orientadores de la Ley
160
de 1994.


Jurisprudencia Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El reconocimiento formal de estas territorialidades puede facilitar el acceso a recursos y programas, pero su implementación requiere un seguimiento riguroso para evitar conflictos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 359 del PND2026?

Se establece un plan para el reconocimiento y fortalecimiento de territorialidades campesinas en un plazo de 12 meses. Esto es fundamental para la seguridad jurídica de estas comunidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 359 de la PND 2022-2026?

El reconocimiento formal de estas territorialidades puede facilitar el acceso a recursos y programas, pero su implementación requiere un seguimiento riguroso para evitar conflictos.

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