PND2026

Artículo 348. Programa Nacional Jóvenes en Paz

Se crea un programa para atender a jóvenes en situación de vulnerabilidad, enfocándose en la salud, educación y empleo. Este programa busca mejorar las condiciones de vida de los jóvenes en riesgo.

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Texto Legal

CREACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL JÓVENES EN PAZ.
Créese el Programa Nacional de Jóvenes en Paz, que tendrá como objeto la implementación de una ruta de atención integral a la juventud entre los 14 y 28 años de edad que se encuentra en situación de extrema pobreza, jóvenes rurales, explotación sexual, vinculados a dinámicas de criminalidad y en condiciones de vulnerabilidad en territorios afectados por la violencia y el conflicto armado que han sido históricamente marginados y excluidos, que será implementado en todo el territorio nacional, mediante acciones en los ámbitos de la salud emocional, mental y física, educación, familiar, comunitario, deporte, empleo, emprendimiento, arte, cultura y formación de la ciudadanía.


El Programa Nacional de Jóvenes en Paz contemplará los enfoques territoriales, de seguridad humana y justicia social, de derechos, diferencial, étnico racial, campesino, de género e interseccional, con los siguientes componentes, sin perjuicio de otros que se consideren necesarios:


1. Transferencias monetarias condicionadas al trabajo social en su municipio y a un plan de formación educativa que el Ministerio de Educación junto con las Secretarías de Educación municipales y distritales, coordinarán.


2. Acceso a mecanismos de asistencia técnica, financiación y comercialización de Iniciativas de emprendimiento individuales y/o colectivas, entre otras.


3. Acceso y gratuidad en programas de educación y formación para el trabajo.


4. Planes y programas para la garantía de derechos con énfasis en salud mental.


La Nación asignará los recursos destinados a cubrir el Programa Nacional de Jóvenes en Paz. La proyección de recursos se hará sobre la base de las metas de cobertura y gestión que se definan. El componente de transferencias monetarias estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) en coordinación y articulación con el Departamento Nacional de Planeación, quien estará a cargo de la metodología de focalización territorial, e individual de los potenciales beneficiarios del programa. El sector comercio, trabajo, inclusión social e igualdad y equidad, deberán concurrir con la oferta necesaria para el componente de emprendimiento. El sector Trabajo y Educación, propenderán por garantizar el acceso, permanencia y graduación de los jóvenes beneficiarios del programa. El Ministerio de la Igualdad y la Equidad, realizará la articulación, coordinación, concurrencia y complementariedad de acciones que permitan superar la vulneración de derechos en la que se encuentren los jóvenes beneficiarios del programa.


Para el desarrollo e implementación del Programa Nacional de Jóvenes en Paz, se podrán destinar recursos de las entidades públicas del orden nacional y territorial en el marco de su autonomía, de organismos multilaterales, de cooperación internacional y de organizaciones privadas.


PARÁGRAFO 1o.
Para hacer parte del Programa Nacional de Jóvenes en Paz se requiere previamente suscribir el compromiso de corresponsabilidad en sus territorios y la respectiva certificación de vinculación a la oferta formativa y educativa del programa, lo cual será verificado por el Ministerio de la Igualdad y Equidad y/o del Departamento de la Prosperidad Social. Los beneficiarios a los que hace mención este programa, serán cobijados por un término inicial de seis (6) meses, donde su permanencia podrá prorrogarse de acuerdo al cumplimiento del compromiso suscrito hasta máximo dieciocho (18) meses salvo estudios secundarios y universitarios formales. El Departamento Nacional de Planeación establecerá un mecanismo de evaluación del impacto de este programa.


PARÁGRAFO 2o.
El Departamento Nacional de Planeación en coordinación con el Departamento Administrativo de la Presidencia, a través de la Consejería Presidencial para la Juventud y la Vicepresidencia de la República, el Departamento de la Prosperidad Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y con la participación de las entidades de los niveles departamental, distrital y municipal, dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, reglamentará el funcionamiento del Programa.


PARÁGRAFO 3o.
Alianzas para la implementación del Programa Nacional de Jóvenes en Paz. Las entidades públicas, en especial el Ministerio de la Igualdad y Equidad, la Consejería Presidencial para la Juventud, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y/o quien haga sus veces, podrán hacer alianzas con personas naturales o jurídicas de los sectores público y privado y del orden nacional o internacional para la implementación del Programa Nacional de Jóvenes en Paz.


PARÁGRAFO 4o.
Las Comisiones Económicas y Comisiones Sextas de Cámara y Senado, conformarán una comisión permanente para hacer seguimiento a la formulación, implementación y seguimiento del Programa Nacional Jóvenes en Paz.


PARÁGRAFO 5o.
El Ministerio de Salud junto con las Secretarías de Salud de los municipios y distritos, definirán la metodología, los protocolos y los abordajes en materia de las intervenciones en salud mental.


Jurisprudencia Vigencia


SECCIÓN III.


GRUPOS Y COMUNIDADES ÉTNICAS.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las entidades deben coordinar esfuerzos para implementar este programa, ya que su éxito depende de la colaboración interinstitucional y del uso adecuado de los recursos asignados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 348 del PND2026?

Se crea un programa para atender a jóvenes en situación de vulnerabilidad, enfocándose en la salud, educación y empleo. Este programa busca mejorar las condiciones de vida de los jóvenes en riesgo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 348 de la PND 2022-2026?

Las entidades deben coordinar esfuerzos para implementar este programa, ya que su éxito depende de la colaboración interinstitucional y del uso adecuado de los recursos asignados.

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