Se regula el giro directo para el pago de subsidios a prestadores de servicios publicos, garantizando el cumplimiento de obligaciones. Esto es clave para la gestion de recursos.
GIRO DIRECTO PARA EL PAGO DE SUBSIDIOS.
Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, a las cuales el municipio o distrito no les haya transferido los recursos para el pago de subsidios de seis (6) periodos de facturación, cuando la misma se expida de manera mensual, o tres (3) cuando la misma se expida de manera bimestral, habiendo cumplido los requisitos establecidos en la Normatividad vigente, podrán solicitar a la Nación Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), el giro directo de los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico asignados al ente territorial para dar cumplimiento al parágrafo del
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El giro directo asegura que los recursos lleguen a quienes los necesitan, lo que puede mejorar la liquidez de las empresas prestadoras de servicios.
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