Este artículo establece la financiación de proyectos para masificar el uso del gas combustible en estratos bajos y zonas rurales, incluyendo costos de redes internas.
FINANCIACIÓN Y COFINANCIACIÓN DE REDES INTERNAS DE GAS COMBUSTIBLE.
La financiación o cofinanciación de proyectos de masificación del uso del gas combustible con recursos públicos cuyos beneficiarios sean usuarios de los estratos 1 y 2, así como la población de zonas rurales que cumpla con las condiciones para recibir el subsidio de vivienda de interés social rural, podrá incluir los costos de las redes internas y el cargo de conexión, independientemente de la naturaleza jurídica de las entidades financiadoras.
El Ministerio de Minas y Energía definirá los costos eficientes de las redes internas objeto de financiación o cofinanciación, en función, entre otros elementos, de la región, el número de usuarios beneficiados y la densidad poblacional.
Para efectos de la financiación o cofinanciación de redes internas en proyectos de masificación del uso del gas, el Gobierno Nacional podrá utilizar como instrumento de asignación y priorización de los recursos la información socioeconómica de los beneficiarios.
PARÁGRAFO.
Los ejecutores de proyectos de vivienda de interés social o los desarrolladores de proyectos de ampliación de cobertura de gas podrán solicitar al Ministerio de Minas y Energía la financiación o cofinanciación de los costos de las redes internas de gas domiciliario y el cargo de conexión, a los usuarios de los estratos 1 y 2, y a la población del sector rural de que trata este artículo, con cargo a los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas o aquel que lo modifique o sustituya.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aprovechar esta financiación puede ser clave para mejorar la infraestructura de gas en comunidades vulnerables, pero se deben seguir los lineamientos establecidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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