PND2026

Artículo 229. Regulacion del Credito Agropecuario

Se establece la regulación del Crédito Agropecuario, donde se deben suscribir títulos en proporción a exigibilidades. La Junta Directiva del Banco de la República fijará plazos y tasas de interés.

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Texto Legal

del presente Estatuto, deberán suscribir “Títulos de Desarrollo Agropecuario” en proporción a los diferentes tipos de sus exigibilidades en moneda legal, deducido previamente el encaje, según lo establezca, mediante normas de carácter general, la Junta Directiva del Banco de la República, organismo que fijará sus plazos y tasas de interés.


Conforme la regulación del Crédito Agropecuario definida en la ley específicamente en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cumplir con esta regulación es fundamental para acceder a financiamiento adecuado; el incumplimiento podría limitar las opciones de crédito disponibles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 229 del PND2026?

Se establece la regulación del Crédito Agropecuario, donde se deben suscribir títulos en proporción a exigibilidades. La Junta Directiva del Banco de la República fijará plazos y tasas de interés.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 229 de la PND 2022-2026?

Cumplir con esta regulación es fundamental para acceder a financiamiento adecuado; el incumplimiento podría limitar las opciones de crédito disponibles.

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