El Ministerio de Vivienda definira condiciones para asegurar el acceso a agua y saneamiento basico, especialmente en situaciones donde no se pueda prestar el servicio publico. Esto incluye la posibilidad de medios alternos.
GARANTÍA DEL ACCESO A AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio definirá las condiciones para asegurar de manera efectiva al acceso a agua y al saneamiento básico en aquellos eventos en donde no sea posible mediante la prestación del servicio público de acueducto, alcantarillado y aseo y/o los esquemas diferenciales, incluyendo la posibilidad de garantía a través de medios alternos y los lineamientos del mínimo vital.
PARÁGRAFO.
Los medios alternos serán definidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para efectos de esta reglamentación.
SECCIÓN IV.
PROTECCIÓN DE LA VIDA Y CONTROL INSTITUCIONAL DE LOS TERRITORIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD SEGURA Y SIN VIOLENCIAS.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece un marco para garantizar el acceso a recursos vitales, lo que puede influir en proyectos de infraestructura y servicios públicos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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