Este articulo establece los porcentajes del salario minimo legal mensual vigente (SMLMV) que se deben reconocer a los hogares comunitarios o sustitutos de bienestar familiar, dependiendo del tiempo de permanencia. Los rangos son 80%, 90% y 95% del SMLMV según los años de permanencia.
de la Ley 1450 de 2011 y
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental para la correcta asignacion de recursos a los hogares comunitarios, ya que un incumplimiento puede resultar en sanciones o en la falta de financiamiento para estos programas.
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