PND2026

Artículo 160. Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud

El IETS estará adscrito al Ministerio de Salud y su funcionamiento será financiado por este. La creación de este instituto busca mejorar la evaluación de tecnologías en salud.

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Texto Legal

DEL INSTITUTO DE EVALUACIÓN TECNOLÓGICA EN SALUD (IETS).
El Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS), entidad descentralizada indirecta o de segundo grado del orden nacional, estará adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social y, los gastos de funcionamiento e inversión del IETS serán cubiertos por el citado Ministerio, para lo cual deberá destinar y transferir los recursos necesarios de su presupuesto.


Jurisprudencia Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La existencia del IETS puede facilitar la adopción de tecnologías efectivas en salud, pero las entidades deben estar preparadas para cumplir con los estándares de evaluación que este instituto establecerá.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 160 del PND2026?

El IETS estará adscrito al Ministerio de Salud y su funcionamiento será financiado por este. La creación de este instituto busca mejorar la evaluación de tecnologías en salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 160 de la PND 2022-2026?

La existencia del IETS puede facilitar la adopción de tecnologías efectivas en salud, pero las entidades deben estar preparadas para cumplir con los estándares de evaluación que este instituto establecerá.

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