PND2026

Artículo 142. Conectividad digital para oportunidades

El articulo establece medidas para promover la conectividad digital en zonas vulnerables, mejorando la infraestructura y acceso a servicios de telecomunicaciones. Busca transformar socialmente a estas comunidades.

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Texto Legal

CONECTIVIDAD DIGITAL PARA CAMBIAR VIDAS.
Para efectos de promover la conectividad digital como un generador de oportunidades, riqueza, igualdad y productividad, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones adelantará las siguientes medidas:


1. Llevar conectividad digital a zonas vulnerables y apartadas, y mejorar la cobertura y calidad de los servicios de telecomunicaciones, a través de diferentes tecnologías y compartición de infraestructura.


2. Hacer del Internet y de las tecnologías digitales un instrumento de transformación social.


3. Desplegar infraestructura para mejorar la conectividad digital del país con redes neutras, cables submarinos, fibra óptica, tecnología satelital, entre otras tecnologías, mediante diversos mecanismos, entre ellos la coinversión entre el Estado y los actores privados.


4. Promover la eliminación de barreras por parte de las entidades territoriales y/o nacionales para el despliegue de redes de telecomunicaciones.


5. Adelantar la asignación del espectro a través de esquemas y condiciones que maximicen el bienestar social y la compartición de este recurso, promoviendo su uso eficiente.


6. Fortalecer a los pequeños prestadores de los servicios de telecomunicaciones con el fin de aportar en el cierre de la brecha digital.


PARÁGRAFO 1o.
El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entregará un reporte anual a más tardar el 1o de abril a las Comisiones Sextas de Senado y Cámara del Congreso de la República evaluando el avance de proyectos, planes y programas implementados en materia de cobertura y calidad de conectividad digital en el país. El anterior documento deberá incluir indicadores de evaluación del avance de las licitaciones adelantadas por el ministerio, los prestadores del servicio, el número de nuevas conexiones y las acciones de mejoramiento de la infraestructura instalada, así como los proyectos de obligaciones de hacer habilitados a la fecha del reporte.


PARÁGRAFO 2o.
Los equipos que se obtengan en el Programa “Computadores para Educar” o el que haga sus veces, podrán ser entregados directamente a menores de edad en zonas urbanas, rurales, apartadas y de difícil acceso. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en un término de seis (6) meses, reglamentará las condiciones bajo las cuales se podrá efectuar dicha entrega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La implementacion de estas medidas puede abrir oportunidades de negocio en telecomunicaciones y servicios digitales, especialmente en zonas desatendidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 142 del PND2026?

El articulo establece medidas para promover la conectividad digital en zonas vulnerables, mejorando la infraestructura y acceso a servicios de telecomunicaciones. Busca transformar socialmente a estas comunidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 142 de la PND 2022-2026?

La implementacion de estas medidas puede abrir oportunidades de negocio en telecomunicaciones y servicios digitales, especialmente en zonas desatendidas.

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