Se crea un programa de voluntariado para reducir rezagos educativos, ofreciendo apoyos financieros a estudiantes de Escuelas Normales. Se busca mejorar la calidad educativa en colegios públicos.
PROGRAMA DE VOLUNTARIADO PARA LA REDUCCIÓN DE REZAGOS Y BRECHAS DE APRENDIZAJES.
Con el fin de garantizar la reducción de rezagos y brechas de aprendizajes de niñas, niños y adolescentes del país, créese el Programa de Voluntariado que brindará apoyos financieros para realización de prácticas o pasantías en colegios públicos, dirigido a estudiantes matriculados en Escuelas Normales Superiores (ENS) o de licenciaturas u otros programas de pregrado, apoyándolos con gastos de manutención y transporte.
El Gobierno Nacional con estricto respeto por los cargos docentes definirá las características del programa buscando facilitar la articulación entre las secretarías de educación, las ENS, las Instituciones de Educación Superior y los establecimientos educativos. El Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con las Secretarías de educación, determinará las escuelas focalizadas en donde se desarrollará el programa.
El Ministerio de Educación Nacional y otras entidades del orden nacional, al igual que las entidades territoriales, podrán destinar recursos de sus presupuestos para el cumplimiento del objetivo del programa. La administración de los apoyos podrá realizarse a través de las entidades descentralizadas del nivel nacional o territorial.
PARÁGRAFO.
Los estudiantes de pregrados diferentes a las licenciaturas podrán vincularse a este programa de voluntariado, con el fin de aportar en diferentes acciones de fortalecimiento del sistema educativo tales como apoyo administrativo, financiero, campañas de salud mental, entre otros aspectos relevantes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los estudiantes de licenciaturas pueden aprovechar esta oportunidad para adquirir experiencia práctica y contribuir al sistema educativo. Ignorar esta opción puede limitar su desarrollo profesional y su impacto en la comunidad.
Anterior
Art. 130. Inclusión de personas con discapacidad
Siguiente
Art. 132. Mecanismo de Pago Contingente
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo