PND2026

Artículo 103. Prioridad a Entidades Territoriales

Se prioriza a las entidades territoriales y poblacion con enfoque diferencial en la aplicacion de la Ley 1708 de 2014 sobre deposito provisional.

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Texto Legal

Frente a lo dispuesto en la Ley
1708
de 2014 sobre depósito provisional, se dará prioridad a las entidades territoriales y a la población sujeto de enfoque diferencial, con énfasis en sujetos de especial protección constitucional, campesinos y organizaciones populares de mujeres y jóvenes. La Sociedad de Activos (SAE) reglamentará los requisitos y condiciones para la aplicación de lo dispuesto en este artículo.


Jurisprudencia Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las entidades deben estar atentas a los requisitos para acceder a estos beneficios, ya que pueden mejorar su capacidad de respuesta ante situaciones de emergencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 103 del PND2026?

Se prioriza a las entidades territoriales y poblacion con enfoque diferencial en la aplicacion de la Ley 1708 de 2014 sobre deposito provisional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 103 de la PND 2022-2026?

Las entidades deben estar atentas a los requisitos para acceder a estos beneficios, ya que pueden mejorar su capacidad de respuesta ante situaciones de emergencia.

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