L2277

Artículo 22. Exenciones para comunidades indígenas

Este articulo establece que ciertos grupos no serán considerados contribuyentes ni declarantes. Esto puede tener un impacto significativo en la tributación de estas comunidades.

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Texto Legal

del Estatuto Tributario, el cual quedará así:


Tampoco serán contribuyentes ni declarantes los resguardos y cabildos indígenas, las asociaciones de cabildos indígenas, conforme al Decreto
1088
de 1993, ni la propiedad colectiva de las comunidades negras conforme a la Ley
70
de 1993.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si tu empresa tiene relación con estas comunidades, es vital entender estas exenciones para evitar problemas fiscales y aprovechar beneficios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del L2277?

Este articulo establece que ciertos grupos no serán considerados contribuyentes ni declarantes. Esto puede tener un impacto significativo en la tributación de estas comunidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la Reforma Tributaria 2022?

Si tu empresa tiene relación con estas comunidades, es vital entender estas exenciones para evitar problemas fiscales y aprovechar beneficios.

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