L222

Artículo 43. Responsabilidad penal

Se establecen penas de prisión para quienes suministren datos falsos a las autoridades o encubran irregularidades en los estados financieros. Esto resalta la seriedad de la información financiera.

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Texto Legal

RESPONSABILIDAD PENAL.
 Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a sabiendas:


1. Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad.


2. Ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades
en los estados financieros o en sus notas.


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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"

ISSN [1657-6241 (En linea)]

Última actualización: 9 de febrero de 2026 - (Diario Oficial No. 53.387 - 3 de febrero de 2026)


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Interpretación práctica por el equipo de SDV

Incurrir en falsedades puede llevar a consecuencias penales graves, afectando no solo a los responsables, sino también a la reputación y operación de la empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del L222?

Se establecen penas de prisión para quienes suministren datos falsos a las autoridades o encubran irregularidades en los estados financieros. Esto resalta la seriedad de la información financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la Reforma Código Comercio 1995?

Incurrir en falsedades puede llevar a consecuencias penales graves, afectando no solo a los responsables, sino también a la reputación y operación de la empresa.

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