Este articulo establece las condiciones bajo las cuales se puede dar por terminadas las funciones del contralor y de la junta provisional. Aunque se encuentra derogado, su análisis es relevante para entender el marco normativo previo.
TERMINACION DE LAS FUNCIONES, DEL CONTRALOR Y DE LA JUNTA PROVISIONAL.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La derogacion de este articulo implica que ya no hay un procedimiento formal para la terminacion de funciones del contralor, lo que puede generar incertidumbre en la operacion de la junta provisional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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