L2155

Artículo 40. Incremento del subsidio Colombia Mayor

El monto del subsidio otorgado por Colombia Mayor se incrementará gradualmente hasta alcanzar la línea de pobreza extrema nacional. Este aumento dependerá de la disponibilidad presupuestal del gobierno.

subsidiopobreza extremapresupuestocolombia mayor

Texto Legal

El monto del subsidio que otorga Colombia Mayor deberá incrementarse gradualmente hasta alcanzar un monto equivalente a la línea de pobreza extrema nacional calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), o el instrumento de medición que haga sus veces. Este aumento estará sujeto a la disponibilidad presupuestal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece un compromiso del gobierno para aumentar el subsidio, lo que puede impactar positivamente a los beneficiarios. Si no se cumple, se corre el riesgo de que los ciudadanos en pobreza extrema no reciban el apoyo necesario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del L2155?

El monto del subsidio otorgado por Colombia Mayor se incrementará gradualmente hasta alcanzar la línea de pobreza extrema nacional. Este aumento dependerá de la disponibilidad presupuestal del gobierno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la Ley Inversión Social 2021?

Este articulo establece un compromiso del gobierno para aumentar el subsidio, lo que puede impactar positivamente a los beneficiarios. Si no se cumple, se corre el riesgo de que los ciudadanos en pobreza extrema no reciban el apoyo necesario.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 40 del L2155?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 40 L2155 desde tu celular