Durante el bienio 2021-2022, se establecen límites para proyectos de inversión con recursos del sistema general de regalías, afectando la planificación financiera.
LÍMITES PARA EL USO DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
Durante el bienio 2021-2022, las instancias competentes podrán aprobar proyectos de inversión hasta por el 90% de las apropiaciones presupuestales de ingresos corrientes asignadas mediante la Ley
2072
de 2020. Este límite también aplicará para el uso de los recursos de las asignaciones presupuestales de ingresos corrientes que establecen los artículos
12
y
167
de la Ley 2056 de 2020.
El 10% restante de las apropiaciones presupuestales de ingresos corrientes asignadas mediante la Ley
2072
de 2020 podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora determine que la proyección de recursos contenida en el presupuesto será compatible con el comportamiento del recaudo, en el tercer semestre de la respectiva bienalidad. La Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuará, en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR), el respectivo bloqueo del 10% de las apropiaciones presupuestales por asignación, beneficiario y concepto de gasto. Posteriormente, realizará las liberaciones correspondientes previo concepto de la Comisión Rectora.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial planificar adecuadamente los proyectos dentro de estos límites para evitar bloqueos de recursos y asegurar la ejecución de inversiones necesarias.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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