L2155

Artículo 238. Bienes inmuebles saneados

Se definen los bienes inmuebles que pueden ser transferidos a CISA como aquellos sin ocupacion ni gravamen. Esto asegura que solo se comercialicen activos en condiciones adecuadas.

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Texto Legal

> así:


PARÁGRAFO TRANSITORIO.
A partir del 1 de noviembre de 2021, todas las entidades públicas del orden nacional, con excepción de las entidades financieras de carácter estatal, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta y las entidades en liquidación, transferirán dentro de los seis meses siguientes al colector de activos del Estado, Central de Inversiones S.A. (CISA), a título gratuito y mediante acto administrativo, los bienes inmuebles de su propiedad que no requieran para el ejercicio de sus funciones y que estén saneados para que CISA los comercialice, de acuerdo con sus políticas y procedimientos.


Se considerarán bienes inmuebles saneados aquellos que de acuerdo con la información que sea registrada en el Sistema de Información de Gestión de Activos (SIGA), entre el 1 de febrero de 2021 y el 1 de noviembre de 2021, se encuentren sin ningún tipo de ocupación, gravamen ni limitación para su comercialización y su propiedad sea totalmente de la Entidad Pública.


Los recursos que se generen por la venta de los inmuebles a que se refiere este parágrafo transitorio, deberán ser consignados a favor de la Nación en la cuenta que para tal efecto señale la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, una vez descontados los gastos asumidos por CISA, así como la comisión por la gestión de venta, en los términos y condiciones fijados para las ventas de los inmuebles realizadas en el marco de las Leyes
1420
de 2010 y
1450
de 2011.


El incumplimiento del mandato establecido en esta norma acarreará las sanciones disciplinarias y fiscales de acuerdo con la normatividad vigente aplicable.


TÍTULO II.


MECANISMOS DE LUCHA CONTRA LA EVASIÓN.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial verificar el estado de los bienes antes de la transferencia para evitar problemas legales y asegurar una venta exitosa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 238 del L2155?

Se definen los bienes inmuebles que pueden ser transferidos a CISA como aquellos sin ocupacion ni gravamen. Esto asegura que solo se comercialicen activos en condiciones adecuadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 238 de la Ley Inversión Social 2021?

Es crucial verificar el estado de los bienes antes de la transferencia para evitar problemas legales y asegurar una venta exitosa.

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